¿Su empresa es una sociedad patrimonial a efectos del impuesto sobre sociedades?

¿Su empresa es una sociedad patrimonial a efectos del impuesto sobre sociedades?

¿Su empresa es una sociedad patrimonial a efectos del impuesto sobre sociedades?

Sociedad Patrimonial

Cuando más de la mitad del activo está constituido por valores o por elementos no afectos a una actividad económica, tomándose para este cómputo la media de los balances trimestrales del ejercicio, estamos hablando de sociedad patrimonial.

El uso de sociedades patrimoniales para separar el patrimonio personal del empresarial tiene ventajas e inconvenientes que conviene conocer, pero también debe saber que la Agencia Tributaria tiene a este tipo de sociedades bajo vigilancia, para asegurarse de que no son meras sociedades instrumentales, constituidas únicamente con fines elusivos o evasivos.

Además, es relativamente frecuente que determinados grupos empresariales constituyan sociedades patrimoniales, cuya finalidad es el alquiler de inmuebles a las sociedades del grupo o a otras sociedades.

La sociedad patrimonial se caracteriza por no dedicarse en su mayoría a actividades económicas o mercantiles para colocar bienes y servicios en el mercado. Por el contrario, su objeto principal es la administración de un patrimonio, normalmente consistente en valores o bienes inmuebles.

La figura de entidad patrimonial, regulada en la Ley del Impuesto sobre Sociedades, es de especial relevancia para aquellas sociedades cuya actividad principal consiste en la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario, sin desarrollar una actividad económica.

Es importante entender que uno no constituye una «sociedad patrimonial» como tal, sino que son sociedades civiles o mercantiles que, de cara a su actividad y configuración de su patrimonio, se consideran como patrimoniales.

Consideración de entidad patrimonial

Al calcular el impuesto sobre sociedades (IS) del ejercicio pasado, revise las cuentas y verifique si le es aplicable el régimen de entidades patrimoniales. Esto sucederá si más del 50% del activo de su empresa está constituido por valores o activos no afectos a una actividad económica.

Para saber si los valores y elementos no afectos de su empresa superan el 50% del activo, tome en consideración la media de los balances trimestrales del ejercicio (no el balance a 31 de diciembre).

Y si su empresa es la entidad dominante de un grupo mercantil, considere la media de los balances consolidados (con independencia de que su grupo formule cuentas consolidadas o no). Recuerde que su empresa debe elaborar balances de comprobación de sumas y saldos al menos trimestralmente, y estos balances son los que deben emplearse en esta comprobación.

Por ello conviene analizar, a final de año, los balances trimestrales para saber si la sociedad tiene o no la condición de entidad patrimonial. Calcule la media de los activos de estos balances y, si más de la mitad está formado por bienes no afectos, o por acciones y participaciones, la entidad en principio será patrimonial.

¿Su empresa es una sociedad patrimonial a efectos del impuesto sobre sociedades?

Últimos artículos

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest

¿Su empresa es una sociedad patrimonial a efectos del impuesto sobre sociedades?

¿Su empresa es una sociedad patrimonial a efectos del impuesto sobre sociedades?