La ley de vivienda catalana ha sido anulada parcialmente, al considerar el Tribunal Constitucional que invadía competencias del Estado, eliminando, de esta forma, el límite al precio de los alquileres. Pese a ello, la anulación no afecta a los contratos de arrendamiento en vigor.
El límite al precio del alquiler en la ley de vivienda catalana
La Ley de vivienda catalana, aprobada en septiembre de 2020, establecía un límite a los precios del alquiler de vivienda en las zonas con tensión residencial. Estas afectaban a las 60 ciudades catalanas que cuentan con más de 20.000 habitantes.
Las consideraciones del Tribunal Constitucional
El artículo 149.1.8 de la Constitución establece que el Estado tiene competencia exclusiva sobre la legislación civil, sin perjuicio del desarrollo autonómico de esta normativa. Además, establece expresamente que las bases de las obligaciones contractuales son competencia exclusiva del Estado.
Con esto, la Carta Magna pretende establecer una unidad en todo el territorio estatal, así como garantizar la unidad de mercado. Se aporta igualdad y seguridad jurídica al vincular a toda la ciudadanía a las mismas normas en materia de contratos y obligaciones.
Así, la regulación de obligaciones contractuales (como lo es el arrendamiento) por parte de una Comunidad Autónoma invade las competencias del Estado. Argumento en que se ha basado el Tribunal Constitucional para invalidar parte de la ley de vivienda catalana.
Los efectos de la anulación parcial de la ley de vivienda catalana
Como consecuencia, han quedado anulados los artículos 1, 6 a 13, 15 y 16.2 de la Ley de Cataluña 11/2020, así como algunas de sus disposiciones adicionales, finales y transitorias. Eliminando, de esta forma, los límites al precio del alquiler.
Los efectos del pronunciamiento, sin embargo, no afectarán a los contratos en vigor, por una cuestión de seguridad jurídica.
Se suma así, este pronunciamiento al que tuvo lugar el 24 de febrero, que ya anuló el Decreto de la Generalitat que trataba de moderar los efectos de los desahucios de personas vulnerables. Dos reveses judiciales a la normativa autonómica en materia de alquiler que coinciden con la tramitación de la Ley de Vivienda en el seno del Congreso de los Diputados.
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