El Kit Digital no es una subvención monetaria directa al beneficiario, sino un mecanismo de financiación destinado exclusivamente a cubrir soluciones de digitalización ofrecidas por agentes digitalizadores adheridos al programa. Por tanto, el importe nunca llega a las manos del autónomo o empresario, sino que es transferido directamente al proveedor del servicio digital contratado.
Esta ayuda tiene la consideración de rendimiento de actividades económicas. Así lo establece el artículo 27.1 de la Ley 35/2006 del IRPF (LIRPF), al ser una subvención que busca financiar actividades relacionadas con la producción o prestación de servicios.
Imputación temporal
La imputación temporal de los ingresos derivados del Kit Digital sigue las reglas generales de devengo recogidas en la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), aplicables al IRPF según el artículo 14.1.b) de la LIRPF. En términos prácticos:
- Gastos específicos: si la subvención financia gastos determinados, deben imputarse como ingreso.
- Inversiones en activos: si la ayuda se destina a la adquisición de activos dirimentes, su imputación como ingreso debe hacerse de manera proporcional a la dotación de la amortización correspondiente.
- Otros casos: cuando no exista una finalidad específica.
Aspectos contables
El reconocimiento de la subvención en la contabilidad depende de su condición como reintegrable o no. Según el Plan General de Contabilidad:
- Subvención reintegrable: hasta que se cumplan todos los requisitos establecidos, la ayuda debe registrarse como un pasivo.
- Subvención no reintegrable: una vez acreditado el cumplimiento de las condiciones, puede ser reconocida como ingreso, siguiendo los criterios mencionados anteriormente.
Relevancia para autónomos en el régimen de estimación objetiva («módulos»)
En el caso de autónomos que tributan en módulos, el rendimiento neto hay que ajustarlo incrementando los ingresos con el importe de las subvenciones percibidas. Esto asegura que las ayudas no distorsionen la base imponible al margen del sistema de determinación del rendimiento.
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