Nuevas medidas para recuperar el IVA de facturas impagadas

Nuevas medidas para recuperar el IVA de facturas impagadas

Nuevas medidas para recuperar el IVA de facturas impagadas

Si su empresa tiene algún impagado, se han introducido mejoras a la hora de recuperar el IVA repercutido, con la ampliación de los plazos para llevar a cabo los trámites y reclamar el pago.

La Ley 31/2022 de presupuestos generales del Estado, ha modificado con efectos desde el 1 de enero de 2023, el procedimiento de recuperación del IVA de la siguiente forma:

  • Se permite la modificación de la base imponible en caso de créditos incobrables a consecuencia de un proceso de insolvencia declarada por un órgano jurisdiccional de otro estado miembro.
  • Se rebaja de 300 a 50€ el importe mínimo de la base imponible de la operación cuando el destinatario moroso tenga la condición de consumidor final. Este cambio afecta no sólo a las operaciones realizadas a partir de 2023 sino también a las realizadas anteriormente y que todavía estén en plazo para ser rectificadas.
  • Se establece la posibilidad de sustituir la reclamación (que es uno de los requisitos para recuperar el IVA), judicial o requerimiento notarial previo al deudor por cualquier otro medio que acredite fehacientemente la reclamación del cobro al deudor (por ejemplo, mediante un burofax).
  • Se extiende de 3 a 6 meses el plazo para recuperar el impuesto desde que el crédito es declarado incobrable. Esta última medida se acompaña de un régimen transitorio para que se puedan acoger al nuevo plazo de seis meses todos los sujetos pasivos del IVA cuyo plazo de modificación no hubiera caducado a la fecha de entrada en vigor de la Ley.

No dude en contarnos para más información.

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